📸 Directorio fotográfico* de consejos de ITV, neumáticos, frenos
*Ver más completo categorías PREGUNTAS y RESPUESTAS.
Las dudas que puedas tener de las luces antiniebla antes de ir a la ITV.
En los vehículos euro VI, la medición de CO y factor lambda se efectuará únicamente a aquellos de la categoría M1 cuya masa máxima en carga técnicamente admisible no exceda de 7,5 toneladas, así como en vehículos de las categorías M2 y N1.
El contenido máximo autorizado de CO en los gases de escape será el siguiente:
Caso de superase estos valores en una primera medición, se realizará una segunda medición.
El indicador MIL se extingue tras la exploración del sistema. Esta verificación debe efectuarse únicamente a vehículos matriculados a partir del 1/1/2008.
En el asunto de que se deba efectuar lectura de OBD, la detección de los defectos 5 y 6.2 a 6.5 de este apartado, ordenará la no realización de la prueba de medida física de emisiones. No podrán acumularse datos relacionados con DTC controlados por el fabricante (según ISO 15031-6). Dicha información es dominio del fabricante del vehículo y por tanto tiene carácter confidencial.
Condiciones de medida:
En el caso de Vehículos híbridos eléctricos enchufables (PHEV), Vehículos híbridos eléctricos (HEV) se utilizará, en su caso, el protocolo de encendido del motor de combustión establecido por el fabricante. Si no es posible situar el régimen de motor de combustión a las revoluciones indicadas en el punto anterior, se mantendrá al régimen que pueda alcanzar el vehículo durante un par de minutos a efectos de conseguir una temperatura óptima del catalizador.
Valores límite:
- Medición con el motor al ralentí : El contenido máximo autorizado de CO en los gases de escape, será el declarado por el fabricante del vehículo. Cuando no se disponga de este dato no se superará el límite de 0,5 % en volumen de CO o, en el caso de vehículos matriculados por primera vez a partir del 01/07/2002, 0,3 % en volumen de CO. En ningún caso, los valores declarados por el fabricante podrán ser superiores a los anteriores.
- Valor del coeficiente Lambda (): el valor de este coeficiente, medido de acuerdo con la fórmula de Brettschneider, debe estar de acuerdo con las especificaciones del fabricante. Si este valor no se conoce, el valor deberá estar comprendido en el intervalo:=1 0,03.
- A fin de evitar ensayos innecesarios, no obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, se podrán rechazar vehículos que hayan presentado valores sustancialmente superiores a los valores límites.
Las fotos que se ven en este artículo son solo informativas.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA R.D.
Información recogida del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
Vehículos con motor de encendido por chispa
Recuerda que al final de este artículo tienes más opciones de información.
Empresas* relacionadas con este artículo de ITV
*Visita el apartado EMPRESAS.