ITV y Señalización Luminosa: Señal V1, V2, V6, V17, V23

  ITV Señalización luminosa específica - VERSIÓN 07/07/2025 17:24

Imagen de luces diurnas de un vehículo siendo revisadas para la ITV.

¡Asegúrate de Pasar la ITV sin Sorpresas! Verifica la Señalización Luminosa V1, V2, V6, V17, V23 de tu Vehículo y Evita Inconvenientes.

¡No te la juegues en la ITV!

🚨 ¿Tu vehículo necesita señales luminosas especiales? 🚨

¿Sabías que algunos vehículos llevan la placa V-5 y otros necesitan llevar señales luminosas específicas para circular legalmente y pasar la ITV? 🤔 ¡Sí, como lo oyes! Si tu vehículo es de emergencia, transporte de mercancías o tiene unas dimensiones especiales, presta mucha atención. ⚠️

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Descubre los secretos de la señalización

En este artículo te desvelamos todos los secretos de la señalización luminosa especial: V1, V2, V6, V17, V23... Te explicamos qué significan, en qué vehículos son obligatorias y cómo deben estar instaladas para que no te pongan ninguna pega en la ITV.

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¡No te arriesgues a una inspección desfavorable! ❌

Infórmate bien y asegúrate de que tu vehículo cumple con la normativa. 😉 ¡Sigue leyendo!

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¡Sigue leyendo y despeja todas tus dudas!

Para empezar, ¿qué vehículo tienes?

La normativa varía ligeramente según la categoría. Selecciónala para ver los detalles.

M

Categoría M

Vehículos de motor para transportar personas y su equipaje.

Ver detalles
N

Categoría N

Vehículos de motor para transportar mercancías.

Ver detalles
O

Categoría O

Remolques y semirremolques.

Ver detalles

Especificaciones Generales

Algunos vehículos deben llevar señales específicas homologadas relativas al servicio que prestan. En la tabla siguiente se resumen dichas señales y vehículos afectados.

Diseño representativo de la señalización luminosa V1, V2, V6, V17, V23.
Representación visual de las señales luminosas especiales*⚠️Tiene mas información ampliada con imágenes de las señales en el apartado:Método de Inspección Visual⤵️ .
  • 1

    No se contempla en este Manual la inspección de aquellas señales sujetas a exigencias establecidas por organismos oficiales de ámbito local y que no estén recogidas en el Reglamento General de Vehículos.

  • 2

    Los vehículos de policía podrán instalar, además, un sistema auxiliar de dos luces intermitentes o estroboscópicas del mismo color que la señal V-1.

  • 3

    Los vehículos de extinción de incendios, Protección Civil y Salvamento y Asistencia Sanitaria matriculados antes del 1 de agosto de 2018 podrán seguir circulando con la señal V-1 de vehículo prioritario de color amarillo auto.

  • 4

    Los vehículos adscritos al servicio de auxilio en carretera con código “05” (vehículos de auxilio en vías públicas) en el permiso de circulación estarán dotados de distintivos retrorreflectantes como los definidos anteriormente, en un tercio de la superficie disponible frontal, lateral y trasera del vehículo de auxilio, según su configuración.

Detalle de la señalización V-23 para vehículos de transporte de mercancías.
Ejemplo de marcado de visibilidad para vehículos de transporte de mercancías.

Podrá instalarse un marcado en línea en lugar del marcado obligatorio del contorno cuando la forma, la estructura, el diseño o los requisitos de funcionamiento del vehículo impidan la instalación de dicho contorno.

No se instalarán en los vehículos más luces que las autorizadas en el Reglamento General de Vehículos, prohibiéndose expresamente el uso de pinturas o dispositivos luminosos o reflectantes no autorizados, salvo en los supuestos y condiciones previstos en la reglamentación.

Los vehículos adscritos al servicio de auxilio en carretera con código “05” (Vehículos de auxilio en vías públicas) en el permiso de circulación vehículo de auxilio en vías públicas deberán estar provistos de esta señal conforme a RD 159/2021 y posteriores modificaciones.

Se define vehículo de auxilio en vías públicas aquel vehículo destinado primordialmente al rescate y transporte de vehículos accidentados o averiados. Sólo tendrán esta consideración aquellos vehículos cuya capacidad permita que simultáneamente se puedan transportar hasta un máximo de dos vehículos en plataforma, y otro mediante un dispositivo de arrastre, y cuenten con el correspondiente utillaje. Quedan fuera de esta definición los vehículos dedicados a labores de conservación y mantenimiento de la vía, así como los vehículos pertenecientes a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de emergencia y de las Fuerzas Armadas.

Proceso de Inspección de Señalización Luminosa Específica

Esta es la ruta oficial que sigue el inspector.

El inspector de la ITV revisa tu vehículo para asegurar que es seguro, según la normativa.

Método de Inspección Visual

Haz clic aquí para ver la ruta completa del inspector

Mediante inspección visual se comprobará:

  • Su existencia de la señalización específica en los vehículos obligados a llevarla.
    Comprobación visual de la existencia de la señalización específica en la ITV.
    El inspector verifica la presencia de la señalización luminosa obligatoria.
  • Su funcionamiento.
    Verificación del funcionamiento de la señalización luminosa en la ITV.
    Se comprueba que los dispositivos luminosos operan correctamente.
  • Su situación reglamentaria. En el caso de la señal V-6, la altura mínima será 250 mm desde el suelo hasta borde inferior de la señal y su altura máxima será de 2100 mm desde el suelo hasta el borde superior de la señal.

    Su estado de los dispositivos.

    Su color y forma reglamentarios.

    La existencia de luces, pinturas o dispositivos luminosos o reflectantes no autorizados.

    La coincidencia de la señalización con el uso del vehículo indicado en la documentación del mismo.

INFORMACIÓN DE LAS SEÑALES, VEHÍCULOS AFECTADOS

Uno o dos dispositivos luminosos de color azul.
V-1 VEHÍCULO PRIORITARIO, Servicios de policía.Extinción de incendios. Protección Civil y Salvamento. Asistencia Sanitaria.
  • Una luz de color amarillo-auto. Estas luces deben, en todo caso, llevar la marca de homologación según el R65.
    V-2 VEHÍCULO OBSTÁCULO EN LA VÍA, Vehículos destinados a remolcar a los accidentados o averiados. Vehículos especiales o de transportes especiales. Columnas militares. Vehículos piloto. Los vehículos que tienen obligación de utilizar la señal luminosa V-2, además podrán llevar con carácter voluntario en el contorno del vehículo unos distintivos reflectantes
  • Una, dos o cuatro señales en la parte
posterior del vehículo rectangulares de color amarillo auto con borde rojo, ambos reflectantes
    V-6 VEHÍCULO LARGO, Vehículo o conjunto de vehículos, con longitud superior a 12 m.
  • Una luz de color verde situada en el
exterior del vehículo.
    V-17, INDICADOR DE LIBRE, Autotaxis en condiciones de ser alquilados.
  • CAMIÓN CON SEÑAL V-23 DISTINTIVO DE VEHÍCULOS DE TRANSPORTE DE MERCANCIAS: MARCADO DE VISIBILIDAD
    V-23 DISTINTIVO DE VEHÍCULOS DE TRANSPORTE DE MERCANCIAS: MARCADO DE VISIBILIDAD, Señaliza vehículos o conjuntos de vehículos largos y pesados, así como sus remolques, tanto en la parte trasera del vehículo como en el lateral del mismo. Prohibido en vehículo M1 y O1.
  • Consejos para Asegurar una ITV Exitosa:

    Consulta el manual de tu vehículo:

    Verifica qué tipo de señalización luminosa específica es obligatoria para tu modelo y asegúrate de que esté instalada correctamente.

    Revisa el estado de las luces:

    Asegúrate de que todas las luces funcionen correctamente y no estén dañadas.

    Verifica la ubicación de las señales:

    Asegúrate de que las señales estén ubicadas en los lugares correctos según la normativa.

    Consulta la normativa vigente:

    Mantente actualizado sobre las últimas regulaciones en materia de señalización luminosa específica.

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    Este artículo ofrece una guía general basada en el Manual de Procedimiento de Estaciones de ITV. Sin embargo, debe tenerse en cuenta que este manual está sujeto a actualizaciones. La información aquí presentada no sustituye en ningún caso al documento oficial.

    Para obtener la información más precisa y actualizada, consulte siempre la última versión del manual en el sitio web oficial de AECA-ITV: www.aeca-itv.com.

    Reglamentación de referencia: General: Reglamento General de Vehículos Arts. 15.5 y 18 y Anexo XI. Particular: Para señal V-1 y V-2: Reglamento CEPE/ONU 65R. Para señal V-23: Reglamento CEPE/ONU 48R Reglamento CEPE/ONU 104R Para señal V-6: Reglamento CEPE/ONU 70R

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