Esta inspección se hará por medio de un frenómetro o dispositivo adecuado. Se verificará en el mismo
cada uno de los ejes del vehículo, comprobando:
- El frenado de las ruedas.
- El desequilibrio de las fuerzas de frenado entre las ruedas de un mismo eje.
- La progresión no gradual del frenado (agarre).
- El retraso anormal en el funcionamiento de los frenos en cualquiera de las ruedas.
- La fluctuación de las fuerzas de frenado de cada rueda. Esta medida se realizará manteniendo
la fuerza sobre el pedal aproximadamente constante durante un intervalo de tiempo de entre 4 y
8 segundos.
En el caso de vehículos ligeros, las fuerzas de frenado deberán mantenerse en un
rango comprendido entre 600 N y 1.000 N. En el caso de vehículos pesados, deberán
mantenerse entre 2.400 N y 4.000 N.
Si durante el ensayo de fluctuación, el vehículo presentase
un desequilibrio de frenado tal que no fuese posible mantener simultáneamente las fuerzas de
frenado de cada rueda en los rangos anteriores, se podrá realizar el ensayo si la rueda con
inferior frenada se encuentra entre dichos valores.
- La existencia de fuerzas de frenado en ausencia de acción sobre el mando del freno.
- La eficacia.
Al utilizar el frenómetro para la realización de esta inspección, deben tenerse en cuenta los siguientes
aspectos:
• No se realizará la prueba de frenado cuando alguno de los neumáticos presente un grado de
deformación por desinflado apreciable visualmente,
• No se realizará la prueba de frenado cuando alguno de los neumáticos presente cables al
descubierto, grietas o síntomas de rotura de la carcasa, ampollas, deformaciones anormales,
roturas u otros signos que evidencien el despegue de alguna capa en los flancos o de la banda
de rodadura, de tal forma que suponga riesgo evidente para la integridad de las personas
• No se realizará la prueba de frenado cuando durante el ensayo (confirmado con pesaje en
báscula) se supere la MMA (por ejes y/o del vehículo), en vehículos con MMA > 3500 kg.
• En algunos casos de vehículos dotados de sistema antibloqueo se puede encender el testigo de
avería del sistema al entrar en funcionamiento los rodillos del frenómetro. Para corregir este
problema una vez que el vehículo haya salido del frenómetro, se parará el motor y se efectuará
una nueva puesta en marcha del motor, con lo cual el testigo se apagará tras el chequeo del
sistema. En algunos casos habrá que realizar un pequeño recorrido para que éste se apague.
• En algunos vehículos dotados de sistema de control de tracción, para efectuar la prueba en el
frenómetro será necesario parar el motor y con la llave de contacto en la posición stop, proceder
normalmente. Si el vehículo posee un dispositivo que deje fuera de servicio el sistema, se
procederá a su desconexión antes de posicionarlo en el frenómetro.
• Los vehículos con sistema de tracción integral mecánico, que no puedan ser desacoplados
manualmente, tendrán que ser inspeccionados teniendo en cuenta las características que
presenta dicho sistema.
En aquellos vehículos tractores en los que no es posible la comprobación mediante frenómetro, sólo se
comprobará la eficacia de frenado mediante decelerómetro en prueba en pista u otros dispositivos
adecuados.
Mediante el método de inspección mecanizada por medio de un frenómetro o dispositivo adecuado, se
verificará en el mismo si la relación de las fuerzas de frenado respecto a la masa máxima autorizada o,
si se trata de semirremolques, a la suma de las cargas por eje autorizadas, siempre que sea posible el
cálculo, es superior a los valores siguientes:
Valores de eficacia mínimos de frenado según la Directiva 2010/48/UE:
Vehículos matriculados después del 1 de enero de 2012:
- Categoría N1, N2; N3; M2 y M3: 50%
- Categoría M1: 58%
- Categoría O2, O3 y O4:
- Semi-remolques: 45%
- Remolques: 50%
Vehículos matriculados antes del 1 de enero de 2012:
- Categoría M1, M2 y M3: 50%
- Categoría N1: 45%
- Categoría N2 y N3: 45% (43% para matriculados antes de 1988)
- Categoría O2, O3 y O4: 43% (40% para matriculados antes de 1988)
- Taxis y ambulancias: 50%
Conforme al Anexo XI apéndice I de las directivas 2001/116 y 2007/46 relativos a los requisitos de
homologación para autocaravanas, ambulancias y coches fúnebres (vehículos especiales de
categoría M1). Se verificará la eficacia de frenado respecto a los valores correspondientes a la
categoría del vehículo base en estos vehículos en caso de disponer de dicha información.
Método de cálculo de la eficacia con extrapolación según norma ISO 21069-1.-
Opción que incluye la norma ISO 21069-1. Se mide la presión en los circuitos neumáticos del sistema
de frenado durante la medición de las fuerzas de frenado por el frenómetro. Extrapolando se puede
calcular la fuerza de frenado a la presión máxima de los circuitos.
Las consideraciones a tener en cuenta son las siguientes:
• El método sólo es aplicable a ejes con sistema de frenado puramente neumático.
• Es necesario que el vehículo disponga de las correspondientes tomas de presión del circuito de
frenado.
• Se necesita alcanzar una presión mínima de frenado durante la prueba de cada eje, para que la
estimación de fuerza máxima mediante extrapolación sea aceptable. El valor de presión mínima será de al menos 2 bar o, en caso de que sea inferior, el 30% del valor de la presión de cálculo o
diseño.
Para la aplicación de este método, salvo que se disponga de especificaciones del fabricante del
vehículo (pueden estar recogidas en la placa ABS o EBS del vehículo), se tendrá en cuenta lo siguiente:
• Se realizará una sola toma de presión por eje.
• No se considera necesario medir la presión de mando durante el ensayo.
• Se utilizará el método de extrapolación de un punto definido en la norma ISO 21069 (primer punto
de referencia fijo en 0,4 bar, 0 N).
• Se extrapolará a una presión de cálculo de 7 bar.
• Si durante la prueba en algún eje no se alcanza el valor mínimo para permitir la extrapolación (2
bar), se podrá considerar el valor de fuerza de frenado real obtenido en el ensayo de dicho eje para
el cálculo de la eficacia del vehículo.
Método de cálculo de la eficacia con extrapolación según fBrake© (Método equivalente según la norma
UNE 26110)
Se pesa el vehículo por ejes y se miden las fuerzas de frenado en el frenómetro en ese estado de
carga. Extrapolando se puede calcular la fuerza de frenado a la carga máxima (MMA).
Las consideraciones a tener en cuenta son las siguientes:
• El frenómetro utilizado no deberá tener un valor de “corrección + incertidumbre de medida” en sus
calibraciones semestrales superior, en valor absoluto, a 2100 N.
• Podrá emplearse en vehículos con MMA > 3500 kg.
• No podrá emplearse en vehículos con sistema de frenado neumático que tengan suspensiones
mecánicas y sistemas de regulación de la presión de frenada mecánicos, a los que durante la
inspección se les haya imputado alguno de los defectos del apartado 6.21. Válvula Sensora de
Carga.
Simulación de carga.
-
Cualquiera de los dos métodos de cálculo mencionados anteriormente se puede suplementar con
técnicas de simulación de carga tales como:
• Lastrado de los vehículos
• Aplicación de cargas en el chasis
• Elevación de alguno de los ejes
• Otros.
En cualquiera de los métodos, en el informe de inspección se anotarán los valores de fuerza de frenado
utilizados para el cálculo de la eficacia. Se indicará en observaciones si se han utilizado o no métodos
de extrapolación.
En todo caso, e independientemente del tipo de ensayo realizado, si en una inspección se produce un
resultado desfavorable con un determinado método de cálculo y el técnico considera necesario repetir
el ensayo, se aplicará siempre el mismo método de cálculo de medición de la eficacia de frenado. No
se podrá modificar el método de cálculo hasta que no se realice una nueva inspección.
Las estaciones ITV deben conservar registros internos trazables al informe de inspección en los que
deben figurar los datos necesarios para la reproducibilidad de los cálculos de eficacia.
En el caso de que se midan presiones para determinar las fuerzas de frenado en servicio de cada eje
del vehículo equipado con un sistema de frenado de aire comprimido, se requieren conexiones de
comprobación de la presión del aire en cada circuito independiente del sistema de frenado.
Cuando se emplee decelerómetro con unidades en m/s2, para determinar la eficacia (E) a partir de la
deceleración (a) media proporcionada por el instrumento empleando la siguiente fórmula: E=a/g*100.
Siendo: E=valor de la eficacia en %; a=deceleración medida en m/s2; g=aceleración de la gravedad
(aproximada a 9,8 m/s2).
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| Inspección visual |
3b- Mediante inspección visual del freno de servicio se comprobará:
En todos los vehículos se comprobarán los elementos visibles del sistema de frenado de servicio no
incluidos en otros apartados, para detectar:
- Daños o corrosión que afecten al sistema de freno de servicio,
- Pérdidas de aire o líquidos,
- Riesgo de desprendimiento,
- Modificaciones o reparaciones inadecuadas.
En los vehículos que dispongan de sistema de frenado EBS
- Deficiencias de funcionamiento en el indicador de averías del sistema,
- Eventuales averías detectadas por el indicador de averías del sistema.
Si en la prueba de eficacia de frenado se utilizan las conexiones de prueba neumática, se comprobará:
- Si están dañadas, de manera que se impida su utilización,
- Si existen fugas.
4- REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA.
General: Reglamento General de Vehículos, Art. 12.8 y Anexo VIII.
Particular: Directiva 71/320/CEE.
Reglamento CEPE/ONU 13 R.
ISO 21069-1:2004.
5. Consejos para Mantener tu Freno de Servicio en Óptimo Estado
- Revisa periódicamente el nivel del líquido de frenos: Asegúrate de que esté siempre entre los niveles máximo y mínimo.
- Presta atención a cualquier ruido o vibración inusual: Pueden ser indicios de problemas en el sistema de frenos.
- Realiza el mantenimiento del sistema de frenos según las indicaciones del fabricante: Esto incluye el cambio de pastillas y discos de freno cuando sea necesario.
- No esperes a la ITV para revisar tus frenos: Un buen mantenimiento preventivo te ahorrará problemas y garantizará tu seguridad.
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